top of page
Visas: Visas de no inmigrante y de inmigrante

Visas de No inmigrante:

 El propósito de su viaje, con algunas excepciones, determina el tipo de visa requerida por la ley de inmigración de los Estados Unidos. Las visas de no inmigrante son para viajeros internacionales que desean viajar temporalmente a los Estados Unidos. Una visa le permite viajar a un puerto de entrada de los EE. UU. Y solicitar la admisión a los Estados Unidos de Aduanas y Protección de Fronteras. Una visa no garantiza su ingreso a los Estados Unidos. Es importante que obtenga la visa correcta para su propósito principal de viajar a los Estados Unidos para ser admitido legalmente. Hay una variedad de diferentes tipos de visas, como visas para turismo, negocios, tratamiento médico y empleo. Si intenta ingresar a los Estados Unidos por un período temporal, comuníquese con nuestra oficina para consultar con uno de nuestros abogados. A continuación hay una lista no concluyente de tipos de visas de no inmigrante junto con una breve descripción:

 

Visas B1 / B2: visitas temporales por negocios o por placer: La visa de visitante es un tipo de visa de no inmigrante para personas que desean ingresar a los Estados Unidos temporalmente por negocios (B-1) o por placer, turismo o tratamiento médico (B-2). Esta es la categoría más común de visas de no inmigrante a los Estados Unidos. La visa B-1 para negocios no debe confundirse con una visa de empleo de tal manera que ciertos actos puedan ser contrarios a lo que conlleva la visa B-1. La visa B-1 es para aquellos individuos cuyo propósito de ingresar a los Estados Unidos es para negocios de naturaleza legítima, plan para permanecer por un período específico de tiempo limitado, que tienen los fondos para cubrir los gastos del viaje y permanecer en el Estados Unidos, que tienen una residencia fuera de los Estados Unidos en la que no tienen intención de abandonar. Si viaja a los Estados Unidos para participar en cualquiera de los siguientes, puede ser elegible para una visa B1:   - Participar en transacciones comerciales, que no impliquen empleo remunerado en los Estados Unidos (como un comerciante que recibe pedidos de productos fabricados en el extranjero); - Negociar contratos; - Consultar con socios comerciales; -Litigar; -Participar en convenciones, conferencias o seminarios científicos, educativos, profesionales o comerciales; o - Emprender una investigación independiente.

 

O visa: extraterrestres con habilidades extraordinarias Esta visa es para personas con habilidades o logros extraordinarios en las ciencias, artes, educación, negocios, atletismo o logros extraordinarios reconocidos en el cine y la televisión, demostrados por la aclamación nacional o internacional sostenida, para trabajar en su campo de especialización. Un titular O-1A es un individuo extranjero que tiene una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo que ha sido demostrada por la aclamación nacional o internacional sostenida, y que viene temporalmente a los Estados Unidos para continuar trabajando en el área de habilidad extraordinaria. Un titular O1-B es un extranjero que tiene un historial demostrado de logros extraordinarios en producciones cinematográficas y / o televisivas, y que viene temporalmente a los Estados Unidos para continuar su trabajo en el área de logro extraordinario. Esta visa incluye personas que brindan servicios esenciales en apoyo de la persona.

 

Visas E: Operador de Tratados e Inversionista del Tratado:  Esta categoría de visa se creó en parte para mejorar o facilitar la interacción económica y comercial entre los Estados Unidos y el país del tratado. Las visas Trader Trader (E-1) e Treaty Investor (E-2) son para ciudadanos de países con los que los Estados Unidos mantienen tratados de comercio y navegación. Para ser elegible para esta visa, debe venir a los Estados Unidos para participar en un comercio sustancial, que incluye el comercio de servicios o tecnología, en actividades calificadas, principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado; o desarrolle y dirija las operaciones de una empresa en la que haya invertido una cantidad sustancial de capital.

 

Visas de Inmigrante:  

Las visas de inmigrante son para personas que planean vivir permanentemente en los Estados Unidos. Su estatus migratorio determina qué parientes (o parientes futuros) pueden ser elegibles para recibir beneficios de inmigración por medio de usted. Para ayudar a un miembro de la familia a inmigrar usted debe ser, ciudadano estadounidense, residente permanente, refugiado admitido como refugiado en los últimos 2 años o admitido como asilado en los últimos 2 años. En general, para ser elegible para solicitar una visa de inmigrante, un ciudadano extranjero debe ser patrocinado por un pariente ciudadano de los EE. UU., Residente permanente legal de EE. UU. o por un posible empleador, y ser el beneficiario de una solicitud aprobada presentada ante los EE. UU. Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Vea la sección de Peticiones familiares.

 

El procedimiento de una visa de inmigrante requiere tiempo y la planificación se comunica con uno de nuestros abogados para ayudarlo en el proceso de solicitud de su visa. 

 

 

 

 

La información contenida en este sitio es solo para fines de información general y no es un asesoramiento legal o un sustituto de un abogado. A menos que tenga un contrato de retención firmado con nuestra firma, usted no está representado por Hurst Immigration, PLLC y no debe considerar la información contenida aquí como asesoramiento legal. Esta información no tiene la intención de crear, y la recepción de esta información no constituye una relación abogado-cliente.

 

The information contained on this site is for general informational purposes only and is not a substitute for legal advice or a lawyer. Unless you have an agreement signed with our firm, you are not represented by Hurst Immigration, PLLC and you should not consider the information contained herein as legal advice and you should check with your own counsel before relying on this message. This information is not intended to be create and the receipt of this information does not constitute an attorney-client relationship.

 

© 2022 by Hurst Immigration PLLC. 

Member Logo_2019.jpg
bottom of page